El pasado 20 de marzo, el Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 8/2026, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán, promulgado el mismo día y publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 21 de marzo.
Esta norma de rango legal incluye dos medidas: una prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler habitual y una limitación, también extraordinaria, a las actualizaciones de la renta de este tipo de contratos. La prórroga tiene que solicitarse de forma fehaciente por parte del arrendatario al arrendador, con la única condición de que el contrato original finalice antes del 31 de diciembre de 2027, resultando obligatoria la concesión de esta prórroga por parte de los propietarios.
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